La interesante Resolución de la Dirección General de los Registros y el Notariado, de 13 de enero de 2016, analiza el recurso interpuesto contra la calificación de la registradora de la propiedad de Oropesa del Mar n.º 1, por la que se suspendía la constancia registral de la publicación de un edicto ordenado en documento presentado en soporte en papel con código seguro de verificación en el caso de inmatriculación de una finca. La Dirección General rechaza la suspensión acordada por la Registradora de la Propiedad y confirma que la publicación en el Tablón de Anuncios electrónico del Ayuntamiento es válida y conforme a la Ley.
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El Registro de la Propiedad debe admitir documentos administrativos con código seguro de verificación
Posted by Andrés COSIALLS on 4-febrero-2016
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