El pasado 17 de noviembre, el Boletín Oficial de Aragón publicaba el Decreto 179/2014 por el que se regula la recolección y aprovechamiento de setas silvestres en terrenos forestales, a partir de la distinción entre los aprovechamientos episódicos o puntuales y los aprovechamientos ordinarios o comerciales.
Sin menoscabo al derecho de propiedad, el Decreto presta cobertura a la recolección esporádica o puntual de setas; refrenda la posibilidad de reserva de la recogida por parte del propietario y articula las zonas de aprovechamiento micológico regulado. Además, estas zonas se establecen de forma coordinada con las ya habilitadas en montes de utilidad pública a través de ordenanzas municipales. Finalmente, El Decreto fija las condiciones ambientales que debe cumplir la recolección de las setas y se especifica la competencia y las sanciones de las infracciones.