El bloque de constitucionalidad es el conjunto de preceptos constitucionales y legislativos que, dentro del marco de la Constitución Española, se hubieran dictado para delimitar las competencias del Estado y las diferentes Comunidades Autónomas o para regular o armonizar el ejercicio de las competencias de éstas, según la definición que podemos extraer del artículo 28.1 de la Ley Orgánica del Tribunal Constitucional.